– ¿Qué es el valor catastral?

El valor catastral es un valor administrativo fijado por los ayuntamientos para cada bien inmueble conforme a una serie de criterios, tales como ubicación, calidad de la construcción, antigüedad, etc. Este valor, que la Administración actualiza anualmente, se usa como referencia para el cálculo de algunos impuestos y no necesariamente coincide con el valor de mercado.

–  No soy residente en España y mi propiedad no está alquilada ni me genera ninguna renta. ¿Tengo que pagar el impuesto sobre la renta anualmente?

Sí. Los no residentes en España deben pagar este impuesto tanto por las rentas efectivamente percibidas en caso de alquiler de la propiedad, como por el rendimiento hipotético que genera el uso propio y que se calcula a partir del valor catastral de la vivienda.

 – ¿Todos los propietarios de una vivienda deben abonar el impuesto sobre la renta o es suficiente con que uno presente la declaración por el total?

A efectos fiscales, cada propietario es considerado un contribuyente por separado, por lo que se deben presentar tantas declaraciones como propietarios haya, si bien cada uno tributará en función de su porcentaje de titularidad.

 – ¿Cuándo se paga el Impuesto sobre la Renta de No Residentes?

Entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año posterior al año fiscal por el que se presenta la declaración y se computan únicamente los días en que el contribuyente ha sido propietario del inmueble. De esta manera en el año natural se paga el impuesto sobre la renta del año anterior ya transcurrido.

 – ¿Es posible deducir gastos, como, por ejemplo, las cuotas de la hipoteca, en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes?

No. No es posible deducir gasto alguno.

 – ¿Hay que pagar este impuesto si la propiedad está a nombre de una compañía no española?

Sólo si la compañía extranjera reside en un país de los considerados paraísos fiscales deberá tributar anualmente por la tenencia de propiedades en España, pero en este caso se presentará un modelo distinto. El importe del impuesto asciende al 3% del valor catastral del inmueble.

 – ¿Cuál es la diferencia entre Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) e Impuesto sobre la Renta de No Residentes?

En realidad, sólo se asemejan en que ambos impuestos tienen carácter anual.
El IBI es un impuesto municipal que grava los bienes inmuebles, de cuya recaudación se encarga el ayuntamiento correspondiente y por el que la propiedad queda afecta en caso de impago. La base para el cálculo del impuesto es el valor catastral de la propiedad y el recibo puede ser domiciliado.
El Impuesto sobre la Renta de No Residentes es un impuesto estatal de carácter personal. En el caso de rentas derivadas del uso propio del inmueble, lo debe abonar cada propietario según su porcentaje de titularidad. Se declara mediante autoliquidación y no admite el pago por domiciliación bancaria.