Hague Convention Apostille¿Qué es la apostilla de la Convención de la Haya?

Tradicionalmente, para que un documento público pudiera ser utilizado en un país distinto del que se otorgó era necesario que antes fuese legalizado, esto es, que las autoridades competentes del país de emisión, así como la embajada o consulado del país en el que se iba a usar, certificasen que el documento en concreto había sido otorgado por la autoridad pertinente y tenía valor y fuerza jurídica en el país de origen. Dado que dichas legalizaciones involucraban a distintas y a veces numerosas autoridades, el proceso podía acabar resultando lento, complicado y costoso.

Para evitar esto, una gran mayoría de países firmaron o se adhirieron con posterioridad al Convenio de 5 de Octubre de 1961, más conocido como Conferencia de La Haya o Convenio de la Haya, por el que se suprimió la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros entre los firmantes.

Fundamentalmente el objeto del Convenio era implantar un proceso de legalización estándar, que finalmente se redujo a una única formalidad: la obligatoriedad de anexar a los documentos un certificado de autenticidad conocido como apostilla, reconocido y aceptado por todos los firmantes y que le daba validez internacional.

La apostilla no certifica el contenido del documento sino su origen, es decir, la autenticidad de la firma y sello de la autoridad emisora, así como su capacidad para expedirlo dentro del ordenamiento jurídico en cuestión.

¿A qué documentos se ha de acompañar?

El Artículo 1 del Convenio especifica que se aplicará a los documentos públicos que hayan sido autorizados en el territorio de un estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro estado contratante.

¿Qué se consideran documentos públicos según el Convenio de la Haya?

  • Los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario del Estado
  • Los documentos administrativos
  • Los documentos notariales
  • Las certificaciones oficiales sobre documentos privados.

¿En qué países se aplica el Convenio?

El Convenio de la Haya únicamente se aplica si tanto el país donde se emitió el documento como aquel en el que va a ser utilizado son países firmantes del acuerdo.

Actualmente hay 106 países incorporados al Convenio, bien porque son miembros de la Conferencia de la Haya o porque, sin serlo, se han adherido al Convenio sobre la Apostilla con posterioridad. El listado completo, así como algunas restricciones por objeciones de algunos miembros a la adhesión de otros, se puede encontrar en las páginas oficiales del Convenio (www.hcch.net).

¿Qué información contiene la apostilla?

Las apostillas deben contener la siguiente información: país de emisión del documento, identificación, sello y calidad en la que actúa el firmante de éste, fecha de legalización del documento, nombre, sello y firma de la autoridad que lo legaliza, y número de registro de la apostilla.

¿Quién emite las apostillas?

Cada país designará qué autoridad (una o varias) estará facultada para expedir las apostillas. Normalmente y dependiendo de cada país podrá ser un alto tribunal, el Ministerio de Asuntos Exteriores o el de Justicia, el decano de los Notarios Públicos o el colegio notarial, etc. En las páginas oficiales del Convenio de la Haya hay un listado con las autoridades competentes en cada país.

En España las apostillas las emiten los Tribunales Superiores de Justicia, las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia y los Notarios decanos de cada plaza, en función del tipo de documento.

En la República Checa, por ejemplo, las apostillas las emiten los ministerios de Justicia y Asuntos Exteriores (http://portal.justice.cz/Justice2/MS/ms.aspx?j=33&o=23&k=5096&d=320723). En el Reino Unido se encarga el Foreign Office (https://www.gov.uk/get-document-legalised) y en la República de Irlanda es el Department of Foreign Affairs (https://www.dfa.ie/travel/our-services/authenticating-documents/).

¿Cuánto tarda en emitirse y cuanto cuesta una apostilla?

Las apostillas por regla general se emiten en el mismo día en que se solicitan (si se hace presencialmente) y su precio varía según el país y el documento, si bien rara vez su coste supera los 50 €.

Luis M. Vicente Burgos
VICENTE & OTAOLAURRUCHI ABOGADOS